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MODELOS TEÓRICOS LEGISLATIVOS, SISTEMAS O ENFOQUES SOCIO-JURÍDICOS ANTE LA PROSTITUCIÓN

Prohibicionismo

El modelo prohibicionista es idéntico tanto para la prostitución convencional como cibernética y pretende erradicar la prostitución a través de la represión penal. Considera que la prostitución en su conjunto es un delito, es obscena, denigrante, ilegal, inmoral, una perversión contraria a las buenas costumbres y un mal social del que es responsable la mujer. Su objetivo es reprimir y acabar con la prostitución, identificando a las mujeres como infractoras, perversas, delincuentes, inductoras a la inmoralidad y a la perversión, por tanto, no ofrece alternativas sino que intenta castigarlas y eliminar su presencia en la sociedad. Considera en ocasiones al prostituyente como una víctima de la invitación escandalosa de la mujer. Culpabiliza, prohíbe y penaliza la prostitución en cualquier espacio: los medios, calles y establecimientos y a todos los sujetos intervinientes, porque dice perseguir por igual la “oferta” y la “demanda” pero en la pràctica la aplicación de la ley se dirige rigurosamente hacia la mujer prostituida mientras el prostituyente y el proxeneta casi nunca son criminalizados. Es un modelo represivo y sancionador que asocia la prostitución al delito y al crimen.

La prostitución convencional se empieza a prohibir hacia finales del siglo XV y principios XVI con el fin de evitar la proliferación de las enfermedades de transmisión sexual. La prostitución cibernética empieza durante los años noventa con un crecimiento acorde con el avance del internet y está prohibida en países sobre todo de Asia, muchos de ellos de religión musulmana.

Para el modelo prohibicionista

La prostitución es un delito que atenta y perturba el orden moral de la sociedad.

Colombia: Persecución de las prostitutas y entregadas a los jueces a quienes corresponde dictar sentencia y aplicar las medidas correctivas: prisión, corrección mediante el trabajo, retorno a su domicilio o destierro (Decreto 183 de 1827)

Estados Unidos: Prohíbe importación de mujeres a los Estados Unidos con fines de prostitución. Ley Page de 1875.

Colombia: Abierta persecución contra las prostitutas en Bogotá, desterrándolas a la región de los Llanos (Bogotá 1886)

Filipinas: Abolición del barrio rojo de Gardenia, cierre de lugares de baile, bares, expulsión o deportación de mujeres prostituidas extranjeras: japonesas, occidentales, chinas, exilio de filipinas, prohibición de ingresos a chinas, cárcel y multa para quien trajera extranjeras para la prostitución en Filipinas. (Código administrativo de 1917, Ley 1933).

Puerto Rico: Se publica una recopilación de leyes en relación con la prostitución y los castigos respectivos por su no cumplimiento: prostitución de mujeres, establecimientos, admisión de menores, … se hacen redadas y arrestos a miles de mujeres (1948).

Puerto Rico: La prostitución ilegal y castigada como un delito menor en virtud de la sección 4777 del subcapítulo III del capítulo 300 del Código Penal de 2004. y simultáneamente se auspicia y reprime. Son sólo leyes.

Estados Unidos: La prostitución es ilegal, es delito grave en Texas, en los demás estados excepto en 10 condados del estado de Nevada es delito menor en la categoría de orden público, que altera el orden de una comunidad, en algunos con penas más severas para la mujer y en otros para el prostituyente (2022)

Estados Unidos: niega la visa a toda persona que haya ejercido la prostitución dentro de los 10 años “anteriores” al ingreso al país o que desee la visa con la intención de realizar esta actividad (2022)

Estados Unidos: castiga a quienes promueven, coaccionan, gestionan, establecen, realizan, facilitan, persuaden, inducen, seducen, mantienen, controlan, alojan, posean, apoye, alojen, o den estadía a personas para la prostitución (“2022).

Filipinas: La prostitución es ilegal en Filipinas y está penada por el artículo 202 del Código Penal de Filipinas que la define como una forma de mendicidad o un tipo de delincuencia. Sanciona el proxenetismo, agravado si es con menores y a las mujeres con multas o una pena mínima de prisión por infracciones posteriores (2022).

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